Artículo 12 del REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE ESTACIONAMIENTO EN VÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno de la Ciudad de México quiera dar una concesión para instalar y operar parquímetros, deberá publicar una licitación pública (una especie de concurso donde las empresas compiten por el contrato). En las reglas de ese concurso, la Secretaría correspondiente debe incluir, entre otros puntos: - El nombre de la oficina que se encargará del proceso. - Qué documentos legales deben presentar los participantes, las fechas y lugares de las juntas para aclarar dudas, y cuándo se abrirán las propuestas y se dará el fallo. - Los requisitos que, si no se cumplen, pueden hacer que una empresa quede descalificada. - Los estándares mínimos de capacidad técnica y económica que deben tener los participantes, y los criterios para elegir al ganador. - La descripción del espacio público donde se pondrán los parquímetros. - Las tarifas que pagarán los usuarios. - El plazo de la concesión (por cuánto tiempo será). - El monto mínimo de capital que debe tener la empresa ganadora. - Las garantías que la autoridad puede pedir a los participantes o al concesionario. Además, las empresas pueden agregar un comprobante que demuestre que pagan bien a sus empleados, y la autoridad puede verificar esa información con otras dependencias.
Texto oficial
Artículo 12. Además de lo establecido en la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público vigente en la Ciudad de México, en las bases de las licitaciones públicas para el otorgamiento de concesiones para sistema de parquímetros la Secretaría señalará, entre otros, lo siguiente: I. Nombre de la Dependencia auxiliar responsable de la licitación; II. Poderes que deberán acreditarse; fecha, hora y lugar de la junta de aclaraciones a las bases de licitación, siendo optativa la asistencia a las reuniones que, en su caso, se realicen; la fecha, hora y lugar para la presentación y apertura de las propuestas y comunicación del fallo; III. Señalamiento de los requisitos cuyo incumplimiento podrá ser causa de descalificación; 10 IV. Los requisitos mínimos para acreditar solvencia técnica y económica y los criterios para desechar posturas y para seleccionar al ganador de la licitación. Los participantes adicionalmente podrán agregar a la documentación general, la Constancia que permita a la convocante corroborar que son Proveedores Salarialmente Responsables. Para corroborar la calidad de Proveedor Salarialmente Responsable, además de la revisión documental, la autoridad convocante podrá realizar las consultas que considere necesarias ante las instancias competentes; V. La descripción del espacio público destinado a estacionamiento en vía pública a concesionar; VI. Proyecto técnico para el uso, administración, operación, cobro, aprovechamiento y supervisión, del espacio público destinado a estacionamiento en vía pública, salvo que la Secretaría determine en las bases de la licitación, que el proyecto técnico sea criterio para seleccionar al ganador o deba ser elaborado por el concesionario así como las especificaciones mínimas que deberá cumplir la propuesta; VII. Tarifas aplicables al usuario para los parquímetros; VIII. Plazo de la concesión, salvo que conforme a las bases de la licitación el plazo de la concesión sea criterio para seleccionar al ganador; IX. La información legal, técnica, administrativa y financiera necesaria para evaluar la propuesta, incluyendo, en su caso, tecnologías y calidades requeridas, salvo que estas cuestiones deban ser propuestas por los licitantes o su valoración sea criterio para seleccionar al ganador; X. Monto de capital mínimo que se requerirá del concesionario, indicando términos y condiciones para su integración y aportación al proyecto; XI. En su caso, las contraprestaciones que el concesionario deba cubrir, o los ingresos que deba compartir, a favor del Gobierno de la Ciudad de México, salvo que conforme a las bases de la licitación esto sea criterio para seleccionar al ganador o deban ser propuestas por el licitante; XII. Las garantías que la autoridad requiera de los licitantes o del concesionario y, cuando sea procedente, las que ofrezca a este último o a los proveedores de financiamiento; XIII. Las medidas para mitigar el impacto urbano que, en su caso, puedan generarse; y 11 XIV. Las demás que considere pertinentes la Secretaría de acuerdo con la naturaleza de la concesión. Los lugares, fechas y horarios en que los interesados podrán obtener las bases y especificaciones que regirán la licitación, así como el costo de dichas bases, se indicarán en la convocatoria para la celebración del concurso de otorgamiento de concesiones para el uso, control, administración, operación, cobro, aprovechamiento y supervisión, del espacio público destinado al estacionamiento en una zona de parquímetros, que se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.