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Artículo 114 de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El recurso de reclamación es como un "queja" o "inconformidad" que usas cuando no estás de acuerdo con una decisión. Tienes 3 días hábiles para presentarlo, empezando a contar desde el día siguiente de que te notifiquen esa decisión. La queja la debes entregar al mismo juez que tomó la decisión, explicando por qué crees que está mal (a eso le llaman "expresar agravios"). Si tu explicación está incompleta o mal redactada, la sala de jueces la puede corregir, pero si no pones nada de explicación, el recurso no procede.

Texto oficial

Artículo 114. El recurso de reclamación se interpondrá con expresión de agravios, dentro del término de tres días contados a partir del día siguiente al en que surta sus efectos la notificación correspondiente, ante el Magistrado que haya dictado el acuerdo recurrido. La Sala suplirá las deficiencias de los agravios expresados en el recurso, pero no su ausencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.