Artículo 115 de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien presenta una queja o recurso, se les da un plazo de tres días hábiles a las otras personas involucradas para que digan lo que les parezca y defiendan su postura. Pasado ese tiempo, el tribunal o sala encargada decide qué hacer al respecto. Si la sala ordinaria resuelve algo que no te parece, aún puedes inconformarte pidiendo una apelación ante la Sala Superior, que es como un tribunal más alto.
Texto oficial
Artículo 115. El recurso se substanciará corriendo traslado a las demás partes, por un término de tres días hábiles, para que expongan lo que a su derecho convenga. Transcurrido dicho término, la Sala resolverá lo conducente. Contra las resoluciones que dicten las Salas Ordinarias Jurisdiccionales en el recurso de reclamación, procederá el recurso de apelación ante el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior. SECCIÓN SEGUNDA De la Apelación
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.