Artículo 118 de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres quejarte de una decisión de un juez, tienes que presentar por escrito un recurso de apelación (es decir, un documento donde expliques por qué no estás de acuerdo). Eso debes hacerlo dentro de los 10 días siguientes a que te avisen oficialmente de la decisión. El juez que vio tu caso tiene 5 días para juntar todo el expediente y enviarlo a la Sala Superior. Cuando el encargado de la Sala recibe el caso, le asigna un juez distinto (llamado ponente) para que lo estudie y les da 5 días a las otras partes para que digan lo que quieran. Al final, ese juez ponente tiene 30 días para redactar un proyecto de resolución y presentarlo al pleno de jueces, que es quien tomará la decisión final.
Texto oficial
Artículo 118. El recurso de apelación se interpondrá por escrito con expresión de agravios ante el Magistrado Instructor del juicio, dentro de los diez días siguientes al en que surta efectos la notificación de la resolución que se impugna. El Magistrado Instructor dentro de los cinco días siguientes a que tenga integrado el expediente del juicio lo remitirá al Presidente de la Sala Superior. El Presidente del Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior, al admitir a trámite el recurso designará al Magistrado Ponente y mandará correr traslado a las demás partes por el término de cinco días, para que expongan lo que a su derecho convenga. Vencido dicho término, el Magistrado Ponente formulará el proyecto y dará cuenta del mismo al Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior en un plazo de treinta días. SECCIÓN TERCERA De la Revisión
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.