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Ley
LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
153

Artículo 153 de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando no haya una regla que indique el plazo exacto para hacer algo en un juicio rápido (vía sumaria), tendrás solo tres días para presentar tu acción o trámite. Esto aplica en casos donde la ley no especifique otro tiempo.

Texto oficial

Artículo 153. A falta de disposición expresa que establezca el plazo respectivo en la vía sumaria, se aplicará el de tres días. CAPÍTULO QUINTO DE LA ACCIÓN PÚBLICA

Ver texto oficial de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 38) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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