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Ley
LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
165

Artículo 165 de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La jurisprudencia son las decisiones o criterios que ya tomó un tribunal en casos similares al tuyo. El Pleno Jurisdiccional y la Sección Especializada en Responsabilidades Administrativas son como los jefes de los juzgados. Cuando ellos deciden cómo se debe resolver un asunto, todas las demás salas (juzgados) tienen que seguir esa misma regla. En otras palabras, las Salas Ordinarias están obligadas a fallar de la misma forma que ya lo hicieron esos tribunales superiores.

Texto oficial

Artículo 165. La jurisprudencia que establezca tanto el Pleno Jurisdiccional, como la Sección Especializada en Responsabilidades Administrativas, es obligatoria para las Salas Ordinarias.

Ver texto oficial de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 42) ↗

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