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Artículo 166 de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La jurisprudencia son las reglas que los jueces crean al resolver casos iguales de la misma manera varias veces, o cuando dos tribunales tienen opiniones distintas sobre un asunto y otro tribunal más alto decide cuál es la correcta. Es decir, no solo las leyes escritas marcan cómo se deben resolver los problemas legales, sino también las decisiones repetidas de los jueces.

Texto oficial

Artículo 166. La jurisprudencia se establece por reiteración de criterios o por decisión de una contradicción de tesis.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.