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Ley
LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
33

Artículo 33 de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jueces de alto nivel y sus asistentes principales, si creen que no pueden resolver un caso de manera imparcial por algún conflicto de intereses (por ejemplo, si conocen a alguna de las partes), deben avisar por escrito a su jefe inmediato. Esa notificación la hacen mediante el Presidente de la Sala Superior. Así evitan que su participación afecte la justicia del asunto.

Texto oficial

Artículo 33. Los Magistrados, los Secretarios de Estudio y Cuenta y los Secretarios de Acuerdos que se consideren impedidos para conocer de algún negocio, presentarán la manifestación respectiva ante la Sala Superior a través de su Presidente.

Ver texto oficial de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 7) ↗

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