Artículo 4 de la LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si un juez o tribunal necesita hacer alguna investigación o notificación fuera de sus oficinas, pero dentro de la Ciudad de México, tiene que encargarle ese trabajo a un secretario o a un actuario del mismo tribunal. Estas personas son las que se encargan de realizar esos trámites en la calle, como entregar papeles o verificar algo.
Texto oficial
Artículo 4. Las diligencias que deban practicarse en la Ciudad de México, fuera del recinto del Tribunal, se encomendarán a los Secretarios de Acuerdos o a los Actuarios del propio Tribunal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.