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Artículo 11 de la LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser Director General del Centro, necesitas cumplir con estos requisitos: ser mexicano y tener pleno uso de tus derechos civiles (como votar) y políticos (como ser votado). También debes tener al menos 30 años cumplidos el día en que te nombren, contar con título y cédula profesional de licenciatura, y haber trabajado al menos cinco años después de obtener tu título en áreas relacionadas con la labor del Centro. Además, tienes que haber vivido en la Ciudad de México durante el último año antes del nombramiento, tener buena fama o reputación, y no haber sido condenado por un delito intencional (hecho a propósito, sin ser accidente).

Texto oficial

Artículo 11. Para ser Director General del Centro se deberán cumplir los siguientes requisitos: I. Ser mexicano en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; II. Tener por lo menos treinta años de edad, cumplidos al día de la designación; III. Tener título y cédula profesionales de estudios de licenciatura, con experiencia relacionada con la función sustantiva del Centro; IV. Tener práctica profesional mínima de cinco años, contados a partir de la fecha de expedición del título profesional; V. Haber residido en el Distrito Federal durante el último año anterior al día de la designación; VI. Gozar de buena reputación; y VII. No haber sido sentenciado, mediante sentencia condenatoria ejecutoriada, por un delito doloso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.