Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 1 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se deroga significa que una ley o regla deja de existir oficialmente, como cuando cancelas un contrato o ya no aplica una norma. En este caso, el Artículo 1 dice que esa ley ya no tiene validez ni se puede usar. Así que si antes algo estaba permitido o prohibido por esa regla, a partir de ahora ya no cuenta. Es como si la borraran del libro de las leyes.

Texto oficial

Artículo 1.-Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.