Artículo 2 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Queda cancelado o eliminado, como cuando borras una regla del juego o un permiso que ya no sirve.
Texto oficial
Artículo 2.-Se deroga
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