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Artículo 106 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se deroga significa que este artículo ya no existe legalmente, es decir, ya no tiene validez ni se aplica. En términos sencillos, esta regla fue cancelada oficialmente, como si la hubieran borrado de la ley. Entonces, no debes preocuparte por cumplirla porque ya no está vigente.

Texto oficial

Artículo 106.- Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.