Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 107 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 107 simplemente dice que se elimina o se quita del todo alguna ley, regla o artículo anterior. Es como cuando borras una regla de un manual porque ya no sirve o la cambias por otra. Básicamente, ya no aplica lo que decía antes, así que no debes preocuparte por cumplirlo.

Texto oficial

Artículo 107.-Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.