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Artículo 120 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 120 de esa ley ya no es válido, fue eliminado oficialmente. Cuando una ley dice que un artículo se "deroga", significa que se cancela y deja de tener efecto. Así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía ese artículo; simplemente ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 120.-Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.