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Artículo 137 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 137 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene efecto. Cuando una ley dice que un artículo se "deroga", significa que se borra oficialmente y deja de aplicarse. Así que ya no tienes que preocuparte por ese artículo ni cumplir con lo que decía antes. En pocas palabras, esta parte de la ley ya no cuenta para nada.

Texto oficial

Artículo 137.-Se deroga.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.