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Artículo 140 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 140 dice que se elimina o anula una ley, regla o disposición que existía antes. En términos simples, significa que esa parte de la ley ya no sirve y queda sin efecto. Es como cuando se quita una regla que ya no se usa. Así que, a partir de que se publica este cambio, lo que decía esa norma ya no se aplica.

Texto oficial

Artículo 140.-Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

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