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Artículo 143 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se deroga quiere decir que se cancela o elimina por completo el Capítulo VIII del documento legal que habla sobre las Declaratorias de Inconstitucionalidad. Ese capítulo ya no existe ni tiene validez, como si lo hubieran borrado de la ley.

Texto oficial

Artículo 143.-Se deroga Capítulo VIII De las Declaratorias de Inconstitucionalidad

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

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