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Artículo 142 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 142 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene validez. Esto significa que ya no aplica ni tienes que cumplir con lo que antes decía. Es como si lo hubieran borrado del libro de reglas.

Texto oficial

Artículo 142.-Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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