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Artículo 145 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el Tribunal Constitucional (la Sala) dice que una ley de la Ciudad de México es inconstitucional, le da al Congreso local 90 días naturales para corregirla. Si el Congreso no arregla el problema en ese tiempo, la Sala puede emitir una declaración general que anula esa ley, pero solo si al menos 5 de sus miembros están de acuerdo. En esa declaración se explica a detalle cómo y desde cuándo deja de aplicarse la norma. Eso sí, esta regla no funciona para leyes de impuestos o temas fiscales de la Ciudad.

Texto oficial

Artículo 145.- Cuando se trate de una acción de inconstitucionalidad y la Sala haya emitido una declaratoria al respecto, transcurrido el plazo de noventa días naturales sin que el Congreso de la Ciudad haya subsanado la inconstitucionalidad, la Sala Constitucional emitirá, siempre que fuere aprobada por una mayoría de cuando menos cinco votos, la declaratoria general de inconstitucionalidad, en la cual se fijarán sus alcances y condiciones en los términos de esta Ley. Dichas disposiciones no serán aplicables a normas locales de carácter general en materia tributaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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