Artículo 146 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una ley local (de algún estado o de la Ciudad de México) es declarada como inconstitucional por la Sala Constitucional, esa decisión aplica para todos, no solo para el caso en particular. Pero para que tenga ese efecto general, al menos cinco de los jueces de la Sala tienen que estar de acuerdo. Es decir, si solo cuatro votan a favor, la ley solo dejaría de aplicarse en el caso específico, no en todo el país.
Texto oficial
Artículo 146.- Cuando se trate de controversias que versen sobre disposiciones locales de carácter general de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o de las alcaldías y la resolución de la Sala Constitucional las declare inconstitucionales, dicha resolución tendrá efectos generales cuando hubiere sido aprobada por una mayoría de por lo menos cinco votos.
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