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Artículo 78 de la LEY DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 36 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 78 ya no es válido, significa que fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice "se deroga", es como si borraran esa regla y ya no tienes que cumplirla ni tomarla en cuenta. En pocas palabras, ese artículo ya no existe para efectos legales.

Texto oficial

Artículo 78.-Se deroga

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.