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Artículo 78 de la LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para revisar si los productos (como muebles o equipos) cumplen con lo que prometieron, el gobierno los manda a analizar a laboratorios que elige la Secretaría de Desarrollo Económico. Estos laboratorios pueden ser de oficinas del gobierno de la Ciudad de México, del gobierno federal, de otros estados, o incluso de empresas particulares que tengan la capacidad técnica y legal para hacer la prueba. Los resultados de la revisión se escriben en un documento llamado dictamen, que firman la persona que hizo la verificación, el vendedor y un representante de la dependencia que compró el producto, si es que estuvieron presentes. Si el vendedor se niega a firmar, el dictamen sigue siendo válido siempre y cuando le hayan avisado con tiempo de que se iba a hacer la revisión.

Texto oficial

Artículo 78.- La comprobación de la calidad de las especificaciones de los bienes muebles se hará en los laboratorios que determine la Secretaría de Desarrollo Económico, pudiéndose incluir aquellos con que cuenten las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Publica del Distrito Federal, de la Federal o de las Entidades Federativas, adquirentes o con cualquier tercero con la capacidad técnica y legal necesaria para practicar la comprobación a que se refiere este artículo. El resultado de las comprobaciones se hará constar en un dictamen que será firmado por quien haya realizado la verificación, así como por el proveedor y el representante de la dependencia, órgano desconcentrado, delegación y entidad adquirente, si hubieren intervenido. No se invalidará el dictamen en caso de que el proveedor se niegue a firmar el mismo siempre y cuando se le haya notificado de la diligencia. TITULO QUINTO DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES CAPÍTULO ÚNICO DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.