Artículo 13 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno (dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades) deben hacer un plan anual para comprar cosas, rentar bienes o contratar servicios. Para hacer ese plan, además de seguir lo que dice el artículo 16 de esta ley, también tienen que cumplir con las reglas que emitan la Secretaría y la Oficialía, cada una en lo que le toca. La Secretaría y la Oficialía son dos áreas del gobierno que dan lineamientos (instrucciones o reglas) para que todo se haga de manera ordenada.
Texto oficial
Artículo 13. Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades para la elaboración de su programa anual de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, además de lo dispuesto en el artículo 16 de la ley, observarán los lineamientos que al efecto emitan la Secretaría y la Oficialía, en el ámbito de su respectiva competencia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.