Artículo 14 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, las oficinas del gobierno (dependencias y delegaciones) deben armar su plan de compras y servicios, que se llama Programa Anual. Ese plan lo tienen que mandar a la Secretaría para que revise si hay presupuesto disponible, y también una copia a la Dirección General de Recursos Materiales para que lo analicen y lo lleven al Consejo Consultivo de Abastecimiento. Además, deben avisar a sus propias contralorías internas (los que vigilan que se haga bien) que ya lo enviaron, siguiendo las reglas que pongan la Secretaría y la Oficialía. Si después la Secretaría autoriza cambios al plan original, hay que notificarle esos cambios a la Dirección General de Recursos Materiales antes de empezar cualquier compra, renta o contratación que esté relacionada.
Texto oficial
Artículo 14. Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades enviarán su Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, a la Secretaría para su validación presupuestal y una copia de dicho programa a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía, para su revisión y posterior presentación al Consejo Consultivo de Abastecimiento, informando de su remisión a sus respectivas contralorías internas, conforme a los lineamientos que al efecto emitan la Secretaría y la Oficialía. Las modificaciones al Programa Anual de Adquisiciones que sean autorizadas por la Secretaría, serán notificadas a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Oficialía, previo al inicio de los procedimientos de adquisición, arrendamiento o prestación de servicios que correspondan. TITULO TERCERO DE LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS Y SUBCOMITÉS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS CAPITULO PRIMERO DEL COMITÉ CENTRAL, COMITÉ DELEGACIONAL Y DE LOS COMITÉS DE LAS ENTIDADES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.