Artículo 36 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno (dependencias, delegaciones, etc.) quiera hacer una licitación pública (un concurso para que empresas ofrezcan sus servicios o productos), debe avisar a todos publicando la convocatoria en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y también en internet, donde la Oficialía lo indique para que más gente se entere. Los tiempos y fechas para participar se cuentan siguiendo las reglas que marca la ley.
Texto oficial
Artículo 36. Las convocatorias a licitaciones públicas que realicen las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, se publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en los medios electrónicos que, en su caso, determine la Oficialía para su mayor difusión; el cómputo de los plazos se hará conforme lo establecido en la ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.