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Artículo 53 del REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. Se eliminó de la ley porque fue derogado, es decir, ya no tiene ningún efecto legal. Así que no debes tomarlo en cuenta ni aplicarlo.

Texto oficial

Artículo 53.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.