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Artículo 6 del REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de los tiempos para hacer una junta de aclaraciones, que es una reunión donde se resuelven dudas sobre un proyecto. Si no se necesita ir al lugar de los trabajos, esa junta debe hacerse con al menos tres días hábiles de anticipación. El conteo empieza al día siguiente de la fecha límite para comprar las bases de la licitación. En pocas palabras, te dan mínimo tres días para organizar la junta después de que se cierra la venta de las bases.

Texto oficial

Artículo 6.- Para los efectos de aplicación del segundo párrafo del artículo 26 de la Ley, cuando no sea necesario realizar visita al sitio de los trabajos, el plazo para llevar a cabo la junta de aclaraciones, será de al menos tres días hábiles, el cual se contará a partir del día siguiente de la fecha prevista como límite para la venta de las bases.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.