Artículo 23 de la LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien entra a un centro de reclusión (como una cárcel), le deben entregar una copia de esta Ley y su Reglamento para que sepa cómo funciona todo. Además, la autoridad está obligada a darle pláticas o cursos para que entienda bien cómo es la vida ahí, qué derechos tiene y qué obligaciones debe cumplir. Si la persona no sabe leer o tiene alguna discapacidad para hacerlo, el personal de la prisión tiene que explicarle el contenido de esos documentos de manera que lo entienda. Y si la persona no habla español, debe pedirle a un intérprete o traductor que le ayude.
Texto oficial
Artículo 23. Al ingreso de toda persona privada de la libertad se le debe entregar un ejemplar de esta Ley y su Reglamento. La autoridad lo complementará con un programa obligatorio de información a través de cursos o pláticas, a efecto de garantizar su conocimiento y la comprensión del régimen general de vida en la institución, así como sus derechos y obligaciones. En los casos de las personas privadas de la libertad con discapacidad para leer o analfabetas, será responsabilidad de la autoridad penitenciaria hacer de su conocimiento el contenido de los documentos mencionados y, en el caso de aquellas personas privadas de la libertad que desconozcan el idioma español, solicitar ante la autoridad correspondiente la asistencia de una persona traductora o intérprete.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.