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Ley
LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
32

Artículo 32 de la LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México tiene que encargarse de crear un sistema para manejar de manera clara y honesta el dinero que ganan las personas que están en la cárcel por su trabajo. Este sistema lo va a poner en marcha la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas, que depende de una Subsecretaría. En pocas palabras, buscan que el dinero que los reos reciben por trabajar se administre bien y sin trampas.

Texto oficial

Artículo 32. Corresponderá a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, a través de la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas en la Subsecretaría, establecer los mecanismos para la administración eficaz y transparente de las ganancias o remuneraciones que obtengan las personas privadas de la libertad con motivo de las modalidades de trabajo que realicen.

Ver texto oficial de la LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 15) ↗

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