Artículo 39 de la LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 39 dice que en las cárceles va a haber un programa especial para ayudar a las personas presas que tengan problemas con las drogas o el alcohol. Este programa lo van a supervisar los doctores del lugar, la Subsecretaría (que es una autoridad de gobierno) y expertos en el tema. Va a funcionar todo el tiempo, sin interrupciones, y nadie está obligado a entrarle: es voluntario, solo si la persona quiere participar.
Texto oficial
Artículo 39. En los Centros Penitenciarios se implementará un programa para el tratamiento integral de las personas privadas de la libertad con problemas de adicción, con la supervisión de las personas responsables de los servicios de salud, de la Subsecretaría y especialistas en la materia. Dicho programa será permanente y voluntario.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.