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Artículo 6 de la LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subsecretaría y la Secretaría de Salud son las que se encargan de hacer y mantener al día los reglamentos y manuales de cómo deben funcionar las cárceles, siguiendo lo que dice esta ley y otras reglas oficiales. También tienen que definir cómo se llevan a cabo las actividades dentro de los centros penitenciarios, como el trabajo, cursos de capacitación, atención médica, educación, deportes, visitas y comunicación con el exterior. En pocas palabras, estas autoridades son las que deciden las reglas para que todo en las prisiones funcione de manera ordenada y legal.

Texto oficial

Artículo 6. La Subsecretaría y la Secretaría de Salud, en el ámbito de sus respectivas competencias, elaborarán y actualizarán los reglamentos y manuales de organización, operación y funcionamiento del Sistema Penitenciario, de conformidad con esta Ley y las demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables. Asimismo, establecerá los procedimientos para la realización de las actividades laborales, de capacitación para el trabajo, médicas, asistenciales, educativas, culturales, recreativas, deportivas, sociales y para la comunicación con el exterior, así como la recepción de personas visitantes. CAPÍTULO II De las Autoridades del Sistema Penitenciario

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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