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Artículo 5 de la LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México tiene la obligación de dar los espacios y materiales que se necesiten para que esta ley se cumpla al pie de la letra y para que el sistema de cárceles funcione bien. Cada año, la Subsecretaría (que es una parte del gobierno) debe hacer los planes para que las prisiones operen según las reglas actuales. También tiene que tomar en cuenta los acuerdos que se hagan con otras autoridades y seguir las instrucciones que dé el o la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 5. La Administración Pública de la Ciudad de México proporcionará las instalaciones y recursos necesarios para el cabal cumplimiento de esta Ley y de los objetivos del Sistema Penitenciario. La Subsecretaría formulará anualmente los programas necesarios para el funcionamiento del Sistema Penitenciario de acuerdo con la normativa vigente, considerando los convenios que se suscriban con otras autoridades y de conformidad con los lineamientos que expida la persona titular de la Jefatura de Gobierno de a Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.