Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 69 de la LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subsecretaría (una parte del gobierno) puede dar permiso y ayudar a organizaciones de la sociedad civil (como grupos de ayuda) para que busquen a personas en la cárcel que necesiten su apoyo. Esto es para que esas personas puedan obtener beneficios en su estancia en prisión, como terapias contra adicciones o cualquier acción que mejore su calidad de vida.

Texto oficial

Artículo 69. La Subsecretaría podrá autorizar y facilitar las labores de la sociedad civil organizada, a fin de localizar aquellos casos de las personas privadas de la libertad que necesiten de sus servicios para obtener algún beneficio penitenciario, así como terapias contra adicciones y en general, toda acción encaminada a mejorar la calidad de vida de las personas privadas de la libertad. CAPÍTULO III Del Patronato

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.