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Artículo 36 de la LEY DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La multa que te ponga la Secretaría la va a cobrar la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México. Ellos son los encargados de que pagues lo que debes. No es que la Secretaría que te multó te cobre directamente, sino que pasa el caso a la de Finanzas. Así que si te llega una multa, el dinero se lo vas a pagar a la Secretaría de Finanzas.

Texto oficial

Artículo 36. Las sanciones consistentes en multa que imponga la Secretaría, se harán efectivas por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.