Artículo 36 de la LEY DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La multa que te ponga la Secretaría la va a cobrar la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México. Ellos son los encargados de que pagues lo que debes. No es que la Secretaría que te multó te cobre directamente, sino que pasa el caso a la de Finanzas. Así que si te llega una multa, el dinero se lo vas a pagar a la Secretaría de Finanzas.
Texto oficial
Artículo 36. Las sanciones consistentes en multa que imponga la Secretaría, se harán efectivas por la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.