Artículo 18 de la LEY ÓRGANICA DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA EN COMBATE A LA CORRUPCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los peritos —que son expertos en temas como medicina, química o ingeniería— y otro personal especializado trabajan bajo las órdenes directas del Ministerio Público (el fiscal). Pero eso no significa que pierdan su libertad para opinar con su propio criterio profesional cuando analizan un caso y emiten su dictamen (su reporte técnico). Es decir, aunque el fiscal les da instrucciones, ellos tienen derecho a ser independientes en su análisis y conclusión.
Texto oficial
Artículo 18.- Los peritos y personal especializado actuarán bajo la autoridad y mando inmediato del Ministerio Público, sin perjuicio de la autonomía técnica e independencia de criterio que les corresponde en el estudio de los asuntos que se sometan a su dictamen.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.