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Ley
LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
16

Artículo 16 de la LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Ciudad va a crear un sistema de becas para todos los estudiantes de primaria, secundaria y preparatoria que estudien en escuelas públicas. También va a intentar que más estudiantes de universidades públicas puedan acceder a estas becas. Además, el Gobierno de la Ciudad va a apoyar a las personas que no han podido terminar sus estudios, para que tengan la oportunidad de ir a la escuela, tal como lo dice la ley.

Texto oficial

Artículo 16. La Ciudad promoverá la implementación de un sistema universal de becas individuales para todos los estudiantes de educación básica inscritos en planteles públicos y procurará ampliar la cobertura para los estudiantes de educación pública superior. El Gobierno de la Ciudad fomentará programas de apoyo para la población con rezago educativo a fin de garantizar su acceso al derecho a la educación conforme lo dispuesto en las Constituciones Federal y Local y demás normativa en la materia.

Ver texto oficial de la LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 8) ↗

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