LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica para todos en la Ciudad de México y todos deben cumplirla. Su objetivo principal es que todas las personas tengan una vida digna, sin pobreza, y puedan desarrollar todo su potencial, protegiendo sus derechos humanos, económicos, sociales, culturales y del medio ambiente. También crea un sistema para que el gobierno de la ciudad trabaje integrando políticas sociales y económicas, asegurando que todos tengan acceso a cosas básicas como comida, salud, educación, vivienda, trabajo y un medio ambiente sano. Busca reducir la desigualdad entre las personas y zonas de la ciudad, promoviendo la igualdad de derechos y oportunidades para todos.
- Art. 2El artículo dice que si esta ley no toma en cuenta algo, se usan otras reglas para llenar ese vacío. Esas reglas son la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México y otras leyes o normas que tengan que ver con el tema. En pocas palabras, es como tener un plan B: cuando esta ley no cubre un caso, se aplican otras leyes relacionadas para resolverlo.
- Art. 3Este artículo es como un diccionario de la ley. Define los significados de las palabras y frases que se usan en todo el documento. Por ejemplo, cuando la ley dice "Gobierno", se refiere específicamente al Gobierno de la Ciudad de México. También aclara quiénes son los "Grupos de atención prioritaria" (personas que han sufrido discriminación y necesitan un trato especial) y qué significan las siglas "LGBTTTI+" (todas las personas de la diversidad sexual y de género). En resumen, es la lista de conceptos clave para entender de qué está hablando la ley sin confusiones.
- Art. 4Cuando el gobierno de la Ciudad haga planes o programas para que todos estemos mejor y tengamos las mismas oportunidades, debe seguir estas reglas: 1. **Universalidad**: Todos los que vivan en la Ciudad deben poder acceder a servicios, bienes y una vida de calidad, sin importar quiénes sean. 2. **Progresividad y no regresividad**: Con el tiempo, los derechos deben ampliarse y protegerse más, y nunca se pueden reducir los beneficios que ya tienes. 3. **Indivisibilidad**: Todos los derechos (como trabajo, salud, vivienda y medio ambiente) están conectados y no se pueden separar; se tienen que ver juntos. 4. **Exigibilidad**: Puedes reclamar que esos derechos se cumplan poco a poco, siguiendo las reglas y programas que existan. 5. **Igualdad**: La idea es que todos tengamos los mismos derechos, oportunidades y recursos, y que se reduzcan las diferencias entre ricos y pobres. 6. **No discriminación**: Nadie puede ser excluido por su género, edad, origen, religión, discapacidad o cualquier otra característica. 7. **Interseccionalidad**: Las distintas situaciones de exclusión (como ser mujer, pobre o migrante) se juntan y empeoran la desigualdad, y hay que tomarlo en cuenta. 8. **Enfoque de derechos**: Las personas tienen derechos reconocidos por la ley, y al hacer políticas hay que pensar siempre en respetarlos y hacerlos crecer.
- Art. 5Este artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México debe enfocarse en que todas las personas puedan vivir sin pobreza y que se reduzcan las diferencias entre ricos y pobres. La pobreza significa que una persona o familia no puede cubrir necesidades básicas como comida, salud, educación, vivienda, transporte o diversión de manera estable y con dignidad. La desigualdad social pasa cuando los recursos como el dinero, servicios o derechos no se reparten de manera justa entre la gente.
- Art. 6Este artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México tiene como plan principal asegurarse de que nadie viva en la pobreza ni con desigualdades. La idea es crear una ciudad donde todas las personas tengan las mismas oportunidades, buena calidad de vida y acceso a servicios públicos como transporte, agua o salud. También busca que no haya discriminación por género, origen o lugar donde vivas, y que la gente esté más unida. Para lograrlo, el gobierno trabajará junto con cualquier persona o grupo que quiera ayudar, fomentando la cooperación entre ciudadanos, organizaciones y autoridades.
- Art. 7Quiere decir que las oficinas del gobierno federal y las empresas que son del gobierno son las encargadas de hacer que esta ley se cumpla. Cada una de esas oficinas debe aplicar la ley en los asuntos que les correspondan según su trabajo. No es una sola persona o lugar el que la aplica, sino todas las partes del gobierno involucradas.
- Art. 8Este artículo dice que está prohibido discriminar a las personas cuando el gobierno te da apoyos económicos o ayudas de programas sociales. Es decir, no te pueden negar un beneficio por tu color de piel, religión, género o cualquier otra característica personal. También aclara que nadie puede usar estos programas para hacer campaña o pedir votos, porque eso es ilegal. Si alguien lo hace, recibirá un castigo según las leyes que ya existen sobre el tema. En pocas palabras, los apoyos sociales deben darse parejos, sin favoritismos ni trampas políticas.
- Art. 9Todas las personas tienen derecho a recibir directamente los beneficios de los programas del gobierno que buscan que haya más igualdad y bienestar, como apoyos económicos o servicios. Pero para que te toque alguno, tienes que cumplir con los requisitos que marca la ley o las reglas de cada programa. No es automático, tienes que demostrar que cumples con lo que piden. Este artículo es como una puerta de entrada: te da el derecho, pero tienes que seguir los pasos para usarlo.
- Art. 10El gobierno (la Administración Pública) es el encargado de diseñar y llevar a cabo las acciones para que todas las personas tengan bienestar e igualdad en la ciudad. Su objetivo es que la ciudad funcione con justicia, respetando las diferencias entre las personas, y que todos puedan disfrutar de sus derechos, tener una buena calidad de vida y acceder a servicios públicos como agua, transporte o espacios verdes. Además, debe cuidar y promover los derechos económicos, sociales, culturales y del ambiente, siempre siguiendo principios como que los derechos son para todos, no se pueden separar ni negar, y deben ir mejorando con el tiempo sin echarse para atrás.
- Art. 11El Artículo 11 dice que el gobierno debe hacer políticas para que todos tengan los mismos derechos y bienestar, especialmente para los grupos que más lo necesitan. Por ejemplo, deben dar servicios públicos y atención a jóvenes en situación difícil, a personas mayores, con discapacidad, indígenas, afrodescendientes y afromexicanos. También deben atender a personas que tuvieron que dejar su casa por la fuerza, a migrantes sin importar su situación legal, a la comunidad LGBTTTI+, a quienes viven en la calle, a niños y adolescentes vulnerables, y a quienes están presos para que puedan reintegrarse a la sociedad. Además, tienen que cuidar a personas dependientes por enfermedad o edad, promover la igualdad entre hombres y mujeres, y tener planes para emergencias.
- Art. 12Las políticas para tu bienestar e inclusión social van a ser para todos, no solo para unos cuantos. El Instituto de Planeación y el Consejo de Evaluación van a decidir cómo medir los avances, con qué métodos y qué metas fijar. Esas políticas se planean, se ponen en marcha y se revisan usando esas reglas. No importa quién seas, lo que se busca es que cada vez más gente tenga acceso a esos derechos.
- Art. 13El gobierno de la Ciudad se compromete a planear y coordinar el desarrollo para que todos los habitantes vivan bien y en igualdad, trabajando junto con empresas, organizaciones y la sociedad. Para lograrlo, va a crear un sistema de bienestar social que reparta mejor los recursos, y garantiza como derechos básicos, por ejemplo: vivir sin pobreza ni violencia, recibir trato digno al exigir tus derechos, y acceder a programas universales. También tienes derecho a comida nutritiva, educación desde básica hasta preparatoria, y atención médica gratuita y de calidad, incluyendo salud mental y rehabilitación. Además, te toca tiempo libre de calidad, espacios públicos cercanos y en buen estado, servicios de cuidado para niños, adultos mayores y personas con discapacidad, y ayuda si no puedes valerte por ti mismo. Por último, aseguran vivienda digna, agua potable, empleo con capacitación, transporte seguro, internet en espacios públicos, y medidas especiales contra la discriminación y la desigualdad.
- Art. 14El Gobierno de la Ciudad se va a encargar de crear un plan para darte apoyo económico de manera directa, como si fuera una ayuda en dinero que va aumentando poco a poco, siempre respetando tus derechos. Este apoyo puede ser diferente según tu edad, si eres hombre o mujer, si trabajas o no, si estás en situación de pobreza o si eres parte de un grupo que necesita atención especial, como adultos mayores o personas con discapacidad. En pocas palabras, buscan que el dinero llegue a quienes más lo necesitan, adaptándose a tu caso en particular. No es un programa único para todos, sino que se ajusta a tu realidad.
- Art. 15El Gobierno va a crear y poner en marcha planes para mejorar la educación pública en todos los niveles: básica, media superior y superior. La idea es que todos tengamos los mismos derechos, oportunidades y resultados, sin importar dónde vivamos. También busca que haya más justicia social en la educación, siguiendo las leyes que ya existen. En pocas palabras, quiere que estudiar sea más parejo para todos en México.
- Art. 16La Ciudad va a crear un sistema de becas para todos los estudiantes de primaria, secundaria y preparatoria que estudien en escuelas públicas. También va a intentar que más estudiantes de universidades públicas puedan acceder a estas becas. Además, el Gobierno de la Ciudad va a apoyar a las personas que no han podido terminar sus estudios, para que tengan la oportunidad de ir a la escuela, tal como lo dice la ley.
- Art. 17El gobierno de la Ciudad va a cooperar con otros gobiernos (como el estatal o federal) para que juntos cuiden, protejan y mejoren las escuelas y todo lo que se necesita para dar clases en la capital. Esto lo harán siguiendo las leyes que ya existen sobre el tema. Básicamente, es un compromiso de trabajar en equipo para que las instalaciones educativas estén en buen estado.
- Art. 18Este artículo dice que los programas de salud en la Ciudad deben enfocarse primero en prevenir enfermedades, no solo en curarlas, pensando en el bienestar de todos. El Gobierno de la Ciudad, junto con el Federal, se compromete a darte medicinas y servicios médicos gratuitos y de buena calidad si no tienes seguro social, como el IMSS o el ISSSTE. También va a trabajar para que más personas tengan acceso a la salud pública, hasta que todos estén cubiertos, como lo marca la ley. En pocas palabras, busca que nadie se quede sin atención médica por falta de dinero o seguro.
- Art. 19El gobierno de la Ciudad tiene que hacer que toda la gente pueda conseguir comida de buena calidad y a buen precio. Para lograrlo, puede poner reglas y crear programas públicos. También debe abrir comedores comunitarios y dar alimentos en las escuelas, asegurándose de que sean nutritivos y económicos. Además, tiene que promover que los niños estén bien alimentados, enseñar a las personas a comer sano y animar a que se consuman alimentos producidos en la misma Ciudad. Por último, debe apoyar que los productores locales vendan sus productos, siempre siguiendo las leyes.
- Art. 20El gobierno de la Ciudad se compromete a hacer que más personas tengan acceso al seguro de desempleo, que es un apoyo económico cuando te quedas sin trabajo. Para lograrlo, va a coordinar con las autoridades responsables y buscará que cada vez más gente esté protegida. Esto no pasa de inmediato, sino poco a poco, con el tiempo. La idea es que este beneficio crezca y llegue a más trabajadores.
- Art. 21El gobierno de la Ciudad se compromete a crear formas y programas para que la gente pueda tener una casa digna, ya sea con préstamos accesibles para vivienda popular o con rentas que no sean tan caras. También van a ayudar a mejorar las casas de quienes ganan poco dinero. Además, van a apoyar para que la gente pueda regularizar sus terrenos, pero solo si no invadieron áreas de conservación o rompieron la ley. Por último, van a poner atención especial en que los jóvenes puedan acceder a una vivienda, ya sea rentando o comprando.
- Art. 22Este artículo dice que se va a asegurar que todas las casas tengan acceso a agua potable y drenaje, sin importar dónde vivas en la ciudad. También se van a hacer programas para juntar agua de lluvia y enseñar a la gente a reutilizarla y cuidarla. El gobierno va a mantener subsidios para que el agua no te cueste tan caro en tu casa. Además, no van a aprobar proyectos de construcción o desarrollo urbano a menos que estén seguros de que no van a dejar sin agua a las comunidades cercanas.
- Art. 23El gobierno debe trabajar para que el aire esté más limpio, que el drenaje funcione bien, que la basura se maneje de forma correcta y que se cuiden los bosques, selvas y otras áreas naturales protegidas, además del suelo que se conserva. Todo esto lo tiene que hacer siguiendo las leyes y reglas que ya existen sobre estos temas. Básicamente, busca que las políticas públicas ayuden a tener un medio ambiente más sano para todos.
- Art. 24Este artículo dice que el gobierno va a impulsar programas para que todos tengamos acceso igualitario a la cultura y al arte, sin importar quiénes seamos. También quiere fortalecer las tradiciones y costumbres de los pueblos originarios y de la cultura popular, como las fiestas, la música o las artesanías. Además, va a apoyar a los artistas dándoles becas y ofreciendo servicios culturales como talleres, conciertos o exposiciones. Todo esto lo hará para que la gente esté más unida, se valore más la educación y se fortalezca la comunidad.
- Art. 25El artículo 25 dice que el gobierno de la Ciudad debe enfocarse en mejorar el transporte público, haciendo más rutas y proyectos de inversión que sean seguros, accesibles y que aguanten bien desastres o problemas. Además, le da prioridad a los vehículos eléctricos (electromovilidad) y a medios de transporte que no contaminen, como bicicletas o caminar. También tiene la obligación de planear el desarrollo de la ciudad para que la movilidad sea eficiente y ordenada, y de crear espacios que inviten a la gente a moverse a pie.
- Art. 26El gobierno se va a encargar de que tengas derecho a recibir cuidados, como cuando alguien te ayuda a bañarte, comer o hacer cosas de la casa si no puedes solo. Para lograrlo, va a crear servicios y reglas que aseguren que te atiendan bien y que las personas que cuidan de ti también tengan un trato justo. Esto aplica según tu edad (niños, adultos mayores, etc.), buscando que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades, y tomando en cuenta cómo es tu comunidad.
- Art. 27El gobierno tiene la obligación de ayudarte a hacer más ejercicio y llevar una vida más saludable. Para lograrlo, va a promover que la gente haga actividad física, cree buenos hábitos y participe en programas deportivos en tu colonia o comunidad. También se encargará de construir más lugares para hacer deporte, como canchas o gimnasios públicos, y de mejorar los que ya existen. Todo esto es para que tú y tu familia tengan más oportunidades de mantenerse activos y saludables.
- Art. 28El artículo 28 dice que el gobierno puede crear programas para ayudar a distintas personas que lo necesitan, como víctimas de violencia de género o familiar, migrantes, personas en situación de calle, niños, jóvenes, adultos mayores, personas de la comunidad LGBTTTI+, quienes tienen adicciones o alguna discapacidad. También puede atender temas como planificación familiar, salud sexual, educación, empleo, asesoría legal, mejorar espacios públicos y cuidar el medio ambiente. Además, puede incluir a cualquier otro grupo que necesite ayuda urgente. En pocas palabras, el gobierno tiene permiso para diseñar apoyos según lo que haga falta.
- Art. 29El artículo 29 le asigna al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México seis responsabilidades principales. Primero, debe promover la igualdad y el bienestar de todos, colaborando con autoridades, organizaciones civiles, escuelas y la gente de la ciudad. Segundo, tiene que hacer acuerdos entre diferentes grupos para garantizar el bienestar social, firmando los documentos legales necesarios. Tercero, debe aprobar un plan especial para lograrlo. Cuarto, está obligado a incluir cada año en el presupuesto de la ciudad el dinero suficiente para cumplir las metas de ese plan, y no puede gastar menos que el año anterior. Quinto, debe presidir una comisión encargada del tema. Por último, puede hacer todo lo demás que sea necesario para cumplir su trabajo como máxima autoridad local.
- Art. 30Este artículo explica las tareas de la Secretaría encargada del bienestar social en la Ciudad de México. Su trabajo principal es hacer un plan especial contra la desigualdad y conseguir que el Jefe de Gobierno lo apruebe. También debe hacer acuerdos con otros niveles de gobierno, escuelas, empresas y organizaciones civiles para resolver problemas de desigualdad. La Secretaría tiene que mantener informada a la gente sobre las necesidades y las acciones que se toman, y además debe crear un registro de hogares en situación vulnerable para saber quién necesita los programas sociales. Por último, debe operar los centros de asistencia social de las Alcaldías y tener un sistema de información pública sobre todos estos programas.
- Art. 31El Instituto de Planeación tiene tres tareas principales: primero, crear las reglas generales para diseñar programas y acciones de apoyo social. Segundo, revisar que todas las políticas y programas sociales estén bien alineados y sean coherentes entre sí. Y tercero, estudiar y mantener al día un análisis de los problemas sociales, como la pobreza o la desigualdad, usando indicadores específicos, todo esto en coordinación con otro organismo llamado Consejo de Evaluación.
- Art. 32El Consejo de Evaluación es un grupo de expertos independiente que revisa cómo funciona el gobierno en temas de bienestar. Se encarga de checar que los programas sociales, proyectos de inversión y acciones en áreas como desarrollo, economía, medio ambiente y seguridad realmente estén dando resultados. También da su opinión técnica sobre las reglas de los programas sociales, y el gobierno debe tomarla en cuenta antes de aprobarlos. Además, puede sugerir cambios para mejorar la igualdad y el bienestar de la gente, y dar su punto de vista si el Congreso o el Jefe de Gobierno se lo piden sobre nuevas leyes.
- Art. 33El Sistema de Bienestar es una herramienta del gobierno para organizar y dar servicios públicos, como salud o becas, además de vigilar que el dinero y las ayudas lleguen a quien más lo necesita. Su objetivo es juntar y coordinar todos los programas sociales que buscan que nadie se quede fuera y haya mejor bienestar. Para hacerlo, trabaja con el Instituto de Planeación (que diseña los planes) y el Consejo de Evaluación (que revisa si funcionan), cada uno en su área. También pueden participar empresas y organizaciones de la sociedad civil.
- Art. 34El Sistema de Bienestar se compone de varias partes: primero, incluye todas las políticas, programas y acciones del gobierno que beneficien a la gente. También tiene mecanismos para que los servicios públicos sean más fáciles de usar, de mejor calidad y estén actualizados, mejorando la vida de los habitantes de la Ciudad. Además, busca que la infraestructura social (como escuelas, hospitales o parques) esté en buenas condiciones y sea pareja en toda la Ciudad, sin importar la zona. Otro punto importante es que los sistemas de educación, salud y cuidados trabajen juntos y de manera organizada. Por último, se enfoca en atender primero a los grupos prioritarios (como adultos mayores o personas con discapacidad), promueve seguros sociales para todos, y toma en cuenta derechos como los económicos, culturales y ambientales.
- Art. 35El Sistema de Bienestar está obligado a manejar tu información personal con transparencia y a proteger tus datos, como marca la ley. Además, tendrá formas para que los ciudadanos, el gobierno, las empresas y las organizaciones sociales participen y cooperen entre sí. También se asegurará de que todos esos sectores cumplan con su responsabilidad social, es decir, que actúen pensando en el bien de la comunidad, no solo en sus propios intereses.
- Art. 36El Sistema de Bienestar va a tener una Comisión Coordinadora, que es un grupo de personas encargadas de organizar y supervisar que se cumpla la política de igualdad y bienestar, y también de enlazarla con la economía distributiva del gobierno. Esta Comisión es el lugar más importante donde distintas dependencias del gobierno de la Ciudad de México se juntan para planear cosas sobre igualdad y bienestar social. Está formada por: la o el Jefe de Gobierno (que es el presidente), la o el titular de la Secretaría de Bienestar e Igualdad Social (que es el secretario ejecutivo y suple al jefe de gobierno cuando falta), y los titulares de muchas secretarías como Gobierno, Finanzas, Salud, Educación, entre otras, todos con derecho a voz y voto. También hay una Secretaría Técnica. Además, hay invitados permanentes que solo dan su opinión, como el Consejo de Evaluación y otras áreas, pero sin derecho a voto. La persona que preside puede invitar a otras personas a sesiones específicas, como especialistas o legisladores, solo para que opinen, pero tampoco votan.
- Art. 37La Comisión se encarga principalmente de proponer y vigilar cómo se aplican los programas sociales de bienestar en la Ciudad. También coordina que todas las dependencias del gobierno trabajen juntas para que estos programas lleguen bien a la gente y se cumplan los derechos básicos. Revisa que los programas estén funcionando correctamente, analiza sus resultados y sugiere cambios si algo no está saliendo bien. Además, se asegura de que la información sobre estos apoyos sea clara y esté al alcance de todos, para que sepas cómo acceder a ellos.
- Art. 38El Consejo es un grupo donde puedes dar tu opinión, hacer propuestas y participar en los temas del bienestar y la igualdad social. No se cobra nada por pertenecer a él, es completamente voluntario. Se junta por lo menos dos veces al año para tratar estos asuntos.
- Art. 39El Consejo se encarga de tres cosas principales. Primero, revisa y da su opinión sobre las políticas y programas de bienestar e igualdad social. Segundo, opina sobre el proyecto del Programa de Derecho al Bienestar e Igualdad Social. Y tercero, puede proponer ideas para mejorar o cambiar esas políticas y programas.
- Art. 40El Artículo 40 dice cómo se forma un Consejo. Lo encabeza la persona que es Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México. También está la persona encargada de la Secretaría de Bienestar e Igualdad Social, quien lleva la parte técnica del grupo. Además, hay diez personas expertas en bienestar social, elegidas por el Jefe de Gobierno por tres años; pueden venir de universidades o grupos de la comunidad y no reciben pago por su trabajo, es honorífico. Este Consejo se encarga de planear y organizar el Sistema General de Bienestar Social, según el Título Tercero de la ley.
- Art. 41Este artículo dice que, al hacer planes de gobierno, se deben conectar las acciones concretas con las metas del programa. Para lograrlo, se tomará en cuenta la opinión de los grupos de personas que se vean afectados, mediante consultas públicas organizadas por las autoridades. Estas consultas seguirán las reglas de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México y otras leyes. En otras palabras, no se planea a escondidas, sino preguntando a la gente y siguiendo las reglas establecidas.
- Art. 42El artículo 42 dice que para garantizar el bienestar y la igualdad de todas las personas en la Ciudad, el gobierno va a hacer un plan especial. Ese plan servirá para definir qué es lo más importante, qué se quiere lograr, cuánto dinero se necesita y qué resultados se esperan. Para hacerlo, van a usar información científica y estudios serios sobre los problemas de la Ciudad. También van a pensar en el futuro para que los derechos como tener trabajo, salud, vivienda, cultura y un medio ambiente sano se cumplan poco a poco.
- Art. 43El Programa Especial debe seguir las reglas de derechos que ya están en la Constitución de tu estado y en esta ley. Su objetivo principal es acabar con la pobreza, reducir las diferencias entre la gente por dinero, nivel social o lugar donde viven, y que todos tengan cubiertas sus necesidades básicas como salud, educación, vivienda y un ambiente sano. Además, al aplicarse, tiene que ser legal, transparente y que las autoridades rindan cuentas de lo que hacen. Esto asegura que los recursos y acciones beneficien a quienes más lo necesitan.
- Art. 44El Programa se tiene que hacer siguiendo las reglas que dé el Instituto de Planeación. Eso quiere decir que no se puede hacer a lo loco, sino que hay que respetar lo que ese instituto indique. Básicamente, el Instituto marca el paso y el Programa debe seguirle.
- Art. 45El Programa Especial es aprobado por quien está al mando de la Jefatura de Gobierno, dura seis años y se tiene que hacer durante el primer año del gobierno en turno.
- Art. 46El Programa Especial tiene que ir de la mano con el Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México, como si estuvieran alineados. Cuando cada año se proponga el presupuesto de gastos, ese dinero debe coincidir con lo que busca el programa: sus metas, plazos y objetivos. En otras palabras, no vale echar a andar un proyecto que no tenga nada que ver con lo planeado, todo tiene que hacer juego para que funcione bien.
- Art. 47Este artículo dice que el Programa Especial (un plan del gobierno) debe tener reglas claras cada año. Esas reglas explicarán cómo se van a cumplir los objetivos y las metas, y en qué tiempos se hará. También servirán para decidir cuánto dinero se va a gastar en programas de igualdad y bienestar. En pocas palabras, es como un plan anual que detalla qué se va a hacer, cuándo y con cuánto presupuesto.
- Art. 48Los programas sociales son herramientas que el gobierno crea para asegurar que se cumplan tus derechos humanos, económicos, sociales, culturales y del medio ambiente, y para que puedas disfrutarlos al máximo. Estos programas deben ser parte de los planes oficiales de las instituciones. El Instituto de Planeación es quien va a establecer las reglas claras de cómo se van a manejar estos programas.
- Art. 49Las acciones sociales son programas o apoyos del gobierno que buscan mejorar la igualdad y el bienestar de la gente. Solo se activan en situaciones especiales, como emergencias, casos específicos o de manera temporal, según las reglas que los controlan. Esas reglas se llaman "Lineamientos de Operación" y deben seguir las ideas que marque el Instituto de Planeación. En pocas palabras, no son beneficios permanentes, sino que se aplican solo cuando se necesita.
- Art. 50Los programas y acciones de ayuda social del gobierno deben seguir las reglas de esta ley y coincidir con lo que dice el plan especial y los planes de cada área o institución. Esto quiere decir que no pueden andar por su cuenta, sino que tienen que estar alineados con lo que ya se acordó en los planes oficiales.
- Art. 51Los programas sociales se pueden clasificar según cómo ayudan a la gente: dan dinero directo o productos (como despensas), ofrecen servicios (como consultas médicas), construyen o arreglan cosas útiles para la comunidad (como escuelas o caminos), o dan descuentos o apoyos que bajan los costos. También hay programas que dan dinero o beneficios de forma directa a las personas, o de manera indirecta, como cuando se apoya a un grupo para que todos salgan ganando.
- Art. 52Este artículo explica cómo deben hacerse y aplicarse los programas de ayuda del gobierno. Primero, dice que estos programas deben planearse con cuidado, siguiendo metas claras y sin desperdiciar recursos. También tienen que cumplir con estos puntos: buscar que todas las personas tengan acceso a servicios básicos y derechos humanos, y si no es posible para todos de inmediato, al menos ir avanzando poco a poco. Si hay más gente que recursos, el gobierno debe elegir a los beneficiarios de forma clara y honesta, sin trampas. Además, los trámites deben ser fáciles y rápidos, y toda la información sobre el programa tiene que ser pública. Si no dan resultados a tiempo, puedes quejarte ante el Órgano Interno de Control. Por último, los apoyos en dinero deben darse preferentemente por transferencia o depósito en vez de efectivo, cada mes, y su valor no puede ser menor al del año anterior.
- Art. 53Cada programa de apoyo del gobierno debe tener reglas claras escritas (llamadas Reglas de Operación) que expliquen para qué sirve, a quién va dirigido y cómo saber si está funcionando. Por ejemplo, debe incluir metas concretas, cómo van a escoger a las personas que recibirán el beneficio y un sistema para revisar resultados. También tiene que decir qué dependencia (como una secretaría) se encarga de ponerlo en marcha y cómo se coordinan entre varias si es necesario. En pocas palabras, es como tener un manual detallado para que el programa sea transparente y se pueda evaluar.
- Art. 54La Administración Pública (es decir, el gobierno de la Ciudad de México) no puede crear ni cambiar programas de ayuda social por su cuenta. Primero debe pedirle permiso a la Comisión Coordinadora. Esto aplica para cualquier programa que dé dinero, apoyos o ayudas a la gente. También necesita autorización si quiere modificar a quién va dirigido el programa, cómo funciona o las reglas para elegir beneficiarios. En pocas palabras, cualquier ajuste en los requisitos o en los montos de los apoyos debe ser aprobado por esa comisión.
- Art. 55El gobierno debe entregar, antes del 31 de enero de cada año, una lista de todos sus programas de ayuda social para que la Comisión Coordinadora los revise. Esta comisión tiene hasta febrero para checar que las reglas de esos programas estén bien, dar su opinión y avisar si hay dos o más programas que hagan lo mismo (duplicidad).
- Art. 56Cuando se cree o cambie un programa social del gobierno, la Comisión Coordinadora le avisará a los responsables de ese programa en un plazo de 10 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos). Esos responsables tendrán 5 días hábiles después de recibir el aviso para dar su opinión si quieren. Si en esos 5 días no dicen nada, la decisión de la Comisión se vuelve definitiva y ya no se puede echar para atrás.
- Art. 57Cuando el gobierno de la ciudad quiera lanzar un programa social, primero tiene que seguir las reglas que le dé el Instituto de Planeación. Esas reglas deben cumplir con lo que dice esta ley, la Ley de Austeridad y otras leyes de la ciudad, y además publicarse en la Gaceta Oficial (el periódico oficial del gobierno). Si la Comisión Coordinadora no aprueba el programa, las dependencias deben reacomodar su presupuesto para gastar el dinero en otra cosa. La Secretaría de la Contraloría revisará que ese gasto sí coincida con lo que marca la ley y el presupuesto de la ciudad. Por último, las dependencias deben informarle al Congreso cómo va el programa, a quién beneficiaron, cuánto dinero dieron y por qué colonias o alcaldías se repartió.
- Art. 58El gobierno de la Ciudad puede actuar rápido para ayudar en emergencias o desastres. Las Alcaldías deben trabajar con las áreas del gobierno de la Ciudad para que los programas sociales no se repitan, es decir, que una misma persona no reciba ayuda dos veces. Así se busca que el apoyo económico y social llegue a más personas necesitadas. Para lograrlo, todo debe hacerse según las reglas que ponga el gobierno de la Ciudad.
- Art. 59El artículo 59 dice que el gobierno de la Ciudad de México debe publicar en la Gaceta Oficial (que es como el periódico oficial del gobierno) todas las reglas para llevar a cabo acciones sociales en emergencias o desastres, como terremotos o inundaciones. Además, cuando el gobierno haga estas acciones, tiene que seguir lo que marca el artículo 67 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que básicamente pide que se rinda cuentas claras de cómo se usa el dinero público. En palabras más simples: si hay una emergencia, el gobierno debe hacer públicas las reglas de cómo va a ayudar y también tiene que comprobar que el dinero se usa bien.
- Art. 60El Artículo 60 dice que los programas de ayuda del gobierno deben estar diseñados para que trabajen en equipo y no se estorben entre sí, sin importar si son del gobierno federal, estatal o municipal. Primero, los programas deben complementarse, es decir, juntarse para atender varios problemas o derechos al mismo tiempo, como si se combinaran para dar un mejor resultado. Segundo, hay que evitar que dos o más programas hagan exactamente lo mismo o cosas muy parecidas, porque sería un gasto innecesario y confuso para la gente. Tercero, los programas tienen que llegar a la mayoría de las personas que necesitan la ayuda, no solo a unos cuantos. En palabras simples, buscan que el gobierno no dé apoyos repetidos ni se contradiga, y que los beneficios sí resuelvan tus necesidades.
- Art. 61Este artículo dice que los programas que abarquen más de una zona, como dos o más municipios que estén junto a la Ciudad de México, tienen que seguir los acuerdos que se hagan entre la Ciudad y esas entidades vecinas. En pocas palabras, si un programa afecta a varios lugares cercanos, las autoridades de cada lado deben ponerse de acuerdo para que funcione bien. No puede aplicarse de manera independiente si cruza los límites, sino que necesita un convenio entre todos.
- Art. 62En la Ciudad, van a llevar un registro único por cada programa de apoyo social del gobierno. Ahí van a estar todos los datos de las personas que reciben esos beneficios, como becas o ayudas. Además, la información tiene que estar separada por variables, por ejemplo por edad, género o colonia, para que se pueda ver si los apoyos llegan parejo a todos los grupos o hay diferencias. Esto sirve para saber cómo están funcionando los programas y si están ayudando a quien más lo necesita.
- Art. 63Esto dice la ley: hay una lista oficial de todas las personas que reciben ayuda del gobierno (como becas o despensas). Esa lista es pública, cualquiera la puede consultar, y debe estar ordenada igual para todos los programas. Además, cada año, antes del último día de febrero, el gobierno debe publicar en la Gaceta Oficial las reglas de cada programa. Y antes de mediados de marzo, debe publicar los nombres de todos los beneficiarios del año anterior, con datos como su edad, sexo, colonia, alcaldía y cuánto recibieron. También cada tres meses deben entregar al Congreso un informe detallado de cuánto dinero se gastó y en qué, para que se pueda revisar todo. Finalmente, la Secretaría de la Contraloría debe checar cada tres meses que la información sea correcta y que no se mal usen los datos personales.
- Art. 64El artículo 64 dice que toda la información básica sobre los programas sociales tiene que ser pública. Esto incluye cuántas personas reciben ayuda, cuánto dinero se les da, cómo se divide entre hombres y mujeres, por edades y por zonas del país. Todo esto se hace público según las reglas del artículo 62 de esta misma ley. En pocas palabras, el gobierno no puede esconder esos datos, cualquier persona puede consultarlos.
- Art. 65Si alguien recibe apoyo de un programa social, sus datos personales y toda la información que se genere sobre eso están protegidos. Esto significa que el gobierno debe manejar tus datos siguiendo las leyes que hablan sobre privacidad y protección de información personal. No pueden usar tus datos para cualquier cosa, solo para lo que la ley permite. En pocas palabras, tus datos están seguros y se usan con reglas claras.
- Art. 66Las dependencias del gobierno de la Ciudad que reparten programas o apoyos sociales tienen la obligación de cuidar las listas de las personas que reciben esos beneficios. Esas listas solo se pueden usar para lo que fue creado el programa, como dar despensas o becas, y jamás deben utilizarse para hacer propaganda política, religiosa o de ventas. Si alguien usa esos datos para pedir el voto, promover una religión o vender productos, está violando la ley. En pocas palabras, la información de los beneficiarios es solo para el buen funcionamiento del programa social.
- Art. 67Este artículo dice que todos los apoyos del gobierno de la Ciudad de México, ya sea en dinero o en especie (como despensas, materiales o servicios), deben traer una frase obligatoria impresa de forma clara y que se vea bien. Esa frase tiene que aclarar que el programa es público, que no lo patrocina ningún partido político, que se financia con los impuestos de todos y que está prohibido usarlo para hacer campaña, sacar provecho económico o cualquier otra cosa que no sea lo que el programa ofrece. La leyenda también advierte que quien use mal estos recursos en la Ciudad de México será castigado conforme a la ley. En pocas palabras, es un sello que dice: "Este apoyo es de todos, no es de ningún partido, y no te metas a usarlo para hacer política o negocio".
- Art. 68Tienes derecho a recibir atención rápida y de buena calidad, sin que te discriminen, y siempre con respeto a tus derechos. Además, deben darte información clara y sencilla sobre los programas sociales, como los requisitos, cómo acceder a ellos y cualquier cambio. También puedes saber los resultados de las convocatorias en un tiempo razonable, presentar quejas o sugerencias, y ser avisado si te rechazan o te dan de baja. Nadie puede condicionarte para que entres a un programa, tus datos personales se guardarán en privado, y cuando termine el programa, tu información se borrará después de un tiempo, avisándote con al menos 10 días hábiles por adelantado.
- Art. 69Las oficinas del gobierno que manejan programas de ayuda social siempre deben invitar a las personas que participan en ellos a pláticas, talleres, cursos o foros sobre violencia de género. También deben dar información sobre los derechos de las mujeres y la igualdad de género. Además, deben repartir folletos y decir a dónde ir si se necesita más ayuda. Ojo: que te den dinero o apoyos del programa no puede depender de que asistas a esas pláticas, es decir, no te pueden obligar a ir para recibir el beneficio. Varias dependencias, como la Secretaría de las Mujeres y el DIF, van a ayudar a crear los materiales y el contenido de la capacitación, pero siempre bajo la coordinación de la oficina que maneja el programa.
- Art. 70Si vives en la Ciudad, tú solo o junto con otras personas puedes opinar y ayudar a crear los programas de apoyo social que buscan la igualdad y el bienestar. Esto significa que puedes meterte en cómo se planean, diseñan, ponen en marcha y revisan esos programas. No necesitas ser un experto ni tener permisos especiales; cualquier habitante puede participar. La idea es que la gente común ayude a que estos apoyos funcionen mejor para todos.
- Art. 71El Consejo de Consulta y Participación es un grupo de personas que sirve para que la sociedad opine siempre sobre las políticas de bienestar, como las ayudas del gobierno. Si hace falta, la Comisión puede pedirle al Consejo Económico y Social su punto de vista para que la gente participe en cómo se planean y hacen los programas de apoyo social.
- Art. 72El artículo 72 dice que tú, como persona, grupo de vecinos, organización social o de la sociedad civil, tienes derecho a meterte en cómo se hace, aplica y revisa la política de igualdad y bienestar. Esto es para ayudar a que los programas del gobierno sean más completos y útiles para la gente. Puedes participar siempre y cuando sigas lo que dice la Ley de Participación Ciudadana y uses los canales oficiales que ya existen para eso. En otras palabras, no es solo opinar, sino involucrarte de manera formal en lo que el gobierno hace para que todos estemos más parejos y mejor.
- Art. 73El gobierno de la Ciudad y sus oficinas pueden hacer acuerdos con organizaciones de la sociedad civil, grupos de ciudadanos, escuelas, agencias de ayuda y organismos de otros países. Esto lo hacen para mejorar los programas que ayudan al bienestar y a que todos tengan las mismas oportunidades. En esos acuerdos se debe explicar por qué se hace, el problema que se quiere resolver, lo que se busca lograr, las metas, cómo medir los avances y quién se encarga de cada cosa.
- Art. 74La Secretaría (la dependencia encargada de estos temas) va a promover que tú y la gente participen en cómo se crean, revisan y evalúan los planes de igualdad y bienestar. Para lograrlo, hará tres cosas: Primero, creará un sistema de información donde puedas consultar datos sobre estos programas, respetando tu privacidad y las leyes de transparencia. Segundo, trabajará con la Agencia Digital de Innovación Pública para hacer una herramienta en línea donde puedas ver fácilmente toda esa información. Tercero, incluirá a las Contralorías Ciudadanas (grupos de ciudadanos que vigilan el dinero público) para asegurarse de que se gaste de manera clara y sin desperdicios.
- Art. 75Si ves o te enteras de que alguien cometió una falta por parte de un servidor público contra otra persona que recibe beneficios de esta ley, puedes avisar a las autoridades que investigan. Ese aviso se llama denuncia o queja ciudadana. No importa si lo que pasó fue una acción o una omisión, con tal de que tenga que ver con una falta administrativa. Básicamente, es tu derecho reportar cualquier cosa que viole lo que dice esta ley para proteger a los beneficiarios.
- Art. 76La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad es la encargada de escuchar y atender las quejas o denuncias que la gente haga sobre los programas de igualdad y bienestar social. Usa un equipo especial (órgano interno de control) para esto. Así que si tienes un problema con algún programa social, como becas o apoyos, ahí puedes ir a reportarlo. Ellos son los que tienen la autoridad para investigar tu caso.
- Art. 77Si quieres presentar una queja o denuncia contra algún funcionario público, puedes hacerlo por escrito, por teléfono o por internet, según lo que establezca la Secretaría de la Contraloría General. Ellos deciden qué medios están disponibles para recibir tu reporte. No hay límites especiales para denunciar, solo debes usar el canal que ellos indiquen.
- Art. 78Cuando el organismo encargado tome una decisión, debe basarse en ser justo sin favorecer a nadie, actuar con honestidad, seguir las reglas establecidas, dar certeza de que todo está claro, y sin cobrarte nada por el servicio.
- Art. 79Si alguien que tiene permiso legal para aplicar esta ley comete una falta, se le castigará siguiendo las reglas que marca otra ley especial de la Ciudad de México, que habla sobre las responsabilidades de los servidores públicos. Esto no quita que también le puedan caer otras sanciones por otras leyes. En pocas palabras, si eres funcionario y te pasas de rosca, te toca enfrentar las consecuencias según lo que ya está establecido.
- Art. 80El artículo 80 habla del control interno, que es como un plan o sistema que usan las dependencias del gobierno para asegurarse de que todo se haga bien. Básicamente, incluye reglas, métodos y pasos para revisar cómo se usan los recursos y la información, todo con la idea de prevenir problemas antes de que ocurran. La meta es que las actividades y decisiones del gobierno sean correctas y transparentes desde el principio, no después de que algo salga mal. En pocas palabras, es como un mecanismo de vigilancia para que las cosas funcionen como deben.
- Art. 81Las auditorías son como una revisión de cómo se gastan los dineros del gobierno, para asegurarse de que se usen en lo que realmente prometen las leyes, como apoyar la igualdad y el bienestar social. Su objetivo es encontrar fallos, corregirlos y mejorar cómo se manejan los programas sociales en la Ciudad. Solo las autoridades que tienen permiso y capacidad para hacerlo pueden realizar esas revisiones, cada una dentro de lo que le toca.
- Art. 82El Congreso puede pedir auditorías (revisiones a fondo) a los programas de bienestar social para asegurarse de que se manejen con honestidad, claridad y eficiencia. La ley entra en vigor un día después de que se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, y con esto se elimina la ley anterior de desarrollo social que existía para el entonces Distrito Federal. Se cambian los nombres de algunas dependencias: lo que antes se llamaba Comité de Planeación ahora se refiere a la Comisión Coordinadora del Sistema General de Bienestar Social, y la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social pasa a llamarse Secretaría de Bienestar e Igualdad Social. El gobierno de la ciudad tiene 180 días hábiles (unos 9 meses sin contar fines de semana ni festivos) para presentar un programa especial de bienestar e igualdad social, y también para emitir el reglamento de esta ley. La Comisión Coordinadora debe instalarse en máximo un mes, y mientras tanto, el antiguo Comité de Planeación sigue encargándose de los programas de desarrollo social.