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Artículo 44 de la LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Programa se tiene que hacer siguiendo las reglas que dé el Instituto de Planeación. Eso quiere decir que no se puede hacer a lo loco, sino que hay que respetar lo que ese instituto indique. Básicamente, el Instituto marca el paso y el Programa debe seguirle.

Texto oficial

Artículo 44. El Programa se elaborará de acuerdo con los lineamientos emitidos por el Instituto de Planeación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.