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Ley
LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
17

Artículo 17 de la LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad va a cooperar con otros gobiernos (como el estatal o federal) para que juntos cuiden, protejan y mejoren las escuelas y todo lo que se necesita para dar clases en la capital. Esto lo harán siguiendo las leyes que ya existen sobre el tema. Básicamente, es un compromiso de trabajar en equipo para que las instalaciones educativas estén en buen estado.

Texto oficial

Artículo 17. El Gobierno de la Ciudad buscará la coordinación con otros niveles de gobierno para la articulación de esfuerzos en la promoción, protección y conservación de la infraestructura educativa en la capital, conforme a la legislación aplicable en la materia.

Ver texto oficial de la LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 8) ↗

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