Artículo 80 de la LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 80 habla del control interno, que es como un plan o sistema que usan las dependencias del gobierno para asegurarse de que todo se haga bien. Básicamente, incluye reglas, métodos y pasos para revisar cómo se usan los recursos y la información, todo con la idea de prevenir problemas antes de que ocurran. La meta es que las actividades y decisiones del gobierno sean correctas y transparentes desde el principio, no después de que algo salga mal. En pocas palabras, es como un mecanismo de vigilancia para que las cosas funcionen como deben.
Texto oficial
Artículo 80. El control interno es el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptada por los entes públicos de la Administración Pública, con el fin de que las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y empleo de los recursos se realicen con un enfoque preventivo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.