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Ley
LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
78

Artículo 78 de la LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el organismo encargado tome una decisión, debe basarse en ser justo sin favorecer a nadie, actuar con honestidad, seguir las reglas establecidas, dar certeza de que todo está claro, y sin cobrarte nada por el servicio.

Texto oficial

Artículo 78. Las resoluciones emitidas por el órgano competente se sustentarán en los principios de imparcialidad, buena fe, legalidad, certidumbre jurídica y gratuidad.

Ver texto oficial de la LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 21) ↗

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