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Artículo 46 de la LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Programa Especial tiene que ir de la mano con el Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México, como si estuvieran alineados. Cuando cada año se proponga el presupuesto de gastos, ese dinero debe coincidir con lo que busca el programa: sus metas, plazos y objetivos. En otras palabras, no vale echar a andar un proyecto que no tenga nada que ver con lo planeado, todo tiene que hacer juego para que funcione bien.

Texto oficial

Artículo 46. El Programa Especial guardará congruencia con el Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México, así como las propuestas de presupuesto de egresos de cada año deberán ser consistentes con los objetivos, metas y plazos de dicho programa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.