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Ley
LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
38

Artículo 38 de la LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo es un grupo donde puedes dar tu opinión, hacer propuestas y participar en los temas del bienestar y la igualdad social. No se cobra nada por pertenecer a él, es completamente voluntario. Se junta por lo menos dos veces al año para tratar estos asuntos.

Texto oficial

Artículo 38. El Consejo será un espacio de consulta, propuesta y participación sobre las políticas de derecho al bienestar e igualdad social. Tendrá un carácter honorífico y se reunirá al menos dos veces al año.

Ver texto oficial de la LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.