Artículo 42 de la LEY DEL DERECHO AL BIENESTAR E IGUALDAD SOCIAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 42 dice que para garantizar el bienestar y la igualdad de todas las personas en la Ciudad, el gobierno va a hacer un plan especial. Ese plan servirá para definir qué es lo más importante, qué se quiere lograr, cuánto dinero se necesita y qué resultados se esperan. Para hacerlo, van a usar información científica y estudios serios sobre los problemas de la Ciudad. También van a pensar en el futuro para que los derechos como tener trabajo, salud, vivienda, cultura y un medio ambiente sano se cumplan poco a poco.
Texto oficial
Artículo 42. La planeación en materia de derecho al bienestar e igualdad social se articulará a través del Programa Especial y del resto de instrumentos aplicables; será el proceso a través del cual deberán fijarse las prioridades, los objetivos, las previsiones básicas y los resultados que se pretenden alcanzar. La planeación se basará en el análisis científico de evidencia y en el mejor conocimiento disponible sobre las distintas problemáticas que enfrenta la Ciudad; tendrá un enfoque prospectivo orientado al cumplimiento y ejercicio progresivo de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.