Artículo 103 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para saber qué se puede hacer en un terreno que está en zona de conservación, hay que revisar lo que dice el Programa General de Ordenamiento Territorial. Ese programa es como el mapa oficial que define cómo se puede usar cada pedazo de tierra, por ejemplo, si se permite construir o solo mantener áreas verdes. En pocas palabras, no puedes decidir por tu cuenta; tienes que seguir las reglas que ya están establecidas en ese plan.
Texto oficial
Artículo 103.- Para determinar el tipo de zonificación para la ocupación y actividades que se desarrollan en suelo de conservación, deberá estarse a lo señalado en el Programa General de Ordenamiento Territorial. CAPÍTULO III. DE LAS ÁREAS VERDES.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.