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Artículo 104 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a realizar trabajos para crear, cuidar y recuperar los parques y jardines de la Ciudad de México, siguiendo las reglas que se publiquen. El objetivo es que las áreas verdes estén más conectadas entre sí, como si fueran un solo ecosistema, y que se protejan las plantas y animales que viven ahí. En pocas palabras, buscan que haya más naturaleza en la ciudad y que esté mejor cuidada.

Texto oficial

Artículo 104.- La Secretaría implementará las acciones de creación, protección, preservación y restauración de las áreas verdes en la Ciudad de México, de conformidad con las disposiciones que al efecto se emitan, buscando incrementar la conectividad ecológica y conservar la biodiversidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.