Artículo 123 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En las áreas de valor ambiental aplican las mismas prohibiciones que para las Áreas Naturales Protegidas, y además no se permite sacar o aprovechar ningún recurso natural, como plantas, animales, agua o tierra. Esto significa que en esas zonas no puedes extraer nada de la naturaleza ni usarlo para tu beneficio. La ley lo dice claramente para proteger esos espacios.
Texto oficial
Artículo 123.- Las prohibiciones que establece la presente Ley aplicables a las Áreas Naturales Protegidas, deberán observarse para las áreas de valor ambiental, además de la prohibición para el aprovechamiento o extracción de recursos naturales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.