Artículo 128 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las zonas de conservación ecológica son áreas naturales que están bien cuidadas y que tienen ejemplos importantes de distintos tipos de ecosistemas, como selvas, bosques o humedales. Su objetivo es proteger a los animales, las plantas y los procesos naturales que mantienen el equilibrio del medio ambiente. También ayudan a que tengamos servicios como aire limpio, agua y climas estables, lo que beneficia a todas las personas. En pocas palabras, son lugares que se guardan para cuidar la naturaleza y mejorar nuestra calidad de vida.
Texto oficial
Artículo 128.- Las zonas de conservación ecológica, son aquéllas que contienen muestras representativas de uno o más ecosistemas en buen estado de preservación y que están destinadas a proteger la biodiversidad, los elementos naturales y procesos ecológicos que favorecen el equilibrio ecológico, la provisión de servicios ambientales y el bienestar social.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.