Artículo 134 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Zonas Sujetas a Conservación Ecológica son áreas que están cerca de pueblos o ciudades. En estos lugares hay ecosistemas (como bosques, ríos o selvas) que todavía están en buen estado. Su objetivo es cuidar la variedad de plantas y animales, proteger los elementos naturales que mantienen el equilibrio ecológico, y garantizar servicios como aire limpio o agua para el bienestar de todos.
Texto oficial
Artículo 134.- Las Zonas Sujetas a Conservación Ecológica son circunvecinas a los asentamientos humanos, en las que existen uno o más ecosistemas en buen estado de conservación, destinadas a preservar la biodiversidad, los elementos naturales indispensables al equilibrio ecológico, a los servicios ambientales y al bienestar general.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.